El líder único

chavez-caricatura-soberaniaPor María Teresa Arbeláez

Según Teodoro Petkoff, director del diario Tal Cual y uno de los mas conocidos analistas políticos en Venezuela, la medidas que está tomando el gobierno del presidente Hugo Chávez de tomar para si puertos y aeropuertos y hacerle la guerra a los gobernadores y alcaldes que no comparten sus ideas revolucionarias, “son decisiones tendientes a  blindar los mecanismos de autoridad porque sabe que viene la crisis económica”. “Quiere impedir los liderazgos incluyendo los de su gente. Todo eso le refuerza la capacidad autocrática”, dijo durante una entrevista en Radio Caracas Televisión, justo dos días antes -como si fuera una premonición- de que la Fiscalía del Zulia le dictara privativa de libertad al alcalde opositor, ex-gobernador del Zulia, Manuel Rosales.

O sea, todo indica que de verdad, Chavez quiere quedar como el líder único.

Mientras tanto, sus partidarios tratan de defender a capa y espada y con argumentos hasta risibles las últimas decisiones presidenciales que, a todas luces, van en contra de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, promulgada en la llamada por ellos V República.

Juzque por si mismo, lea más adelante los artículos 4, 16, 157, 159, 160 y 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Caricatura tomada de www.soberania.org

Por ejemplo el diputado Saúl Ortega expresó también durante una entrevista, pero en Unión Radio, que se le había  lo que el gobierno estaba haciendo es quitarle poder a los caudillos regionales para dárselos, no a un hombre como se quería hacer ver, sino al pueblo.
Y aun cuando el parlamentario no especificó quiénes eran esos caudillos, evidentemente la medida afecta a todos y cada unos de los gobernadores, rojos y no rojos, con lo que se cumple lo que Petkoff cree, se eliminan todos liderazgos que pudieran hacerle competencia en un futuro a Chávez.
También expone Petkoff que son los militares los llamadas a garantizar que la Constitución no sea violada. “No estoy llamando a un golpe, no, lo que estoy diciendo es que los venezolanos deben dirigirse a la FAB y exigirles el cumplimiento de la Constitución. Que las Fuerzas Armadas le digan al Presidente mire esto está pasando por encima de la Constitución. Las Fuerzas Armadas según artículo 328 de la Carta Magna no están al servicio de una persona sino del país”.
En todo caso, es bueno recordar cuáles son los artículos de la Constitución que, como también expone Petkoff Chávez están pisoteando para meterse en un puño toda la administración pública venezolana. De hecho el mismo Preámbulo de la Carta Magna establece que su objetivo es el establecer una “sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado”.
A continuación varios de los artículos que aluden a la descentralización.

PREÁMBULO

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado,

Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Artículo 16. Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se
divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias federales y el
de los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.La división políticoterritorial será regulada por ley orgánica, que garantice la autonomía municipal y la descentralización político administrativa. Dicha ley podrá disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados, cuya vigencia queda supeditada a la realización de un referendo aprobatorio en la entidad respectiva. Por ley
especial podrá darse a un territorio federal la categoría de Estado, asignándosele la
totalidad o una parte de la superficie del territorio respectivo.
Artículo 157. La Asamblea Nacional, por mayoría de sus integrantes, podrá atribuir a los Municipios o a los Estados determinadas materias de la competencia nacional, a fin de promover la descentralización.
Artículo 159. Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir esta Constitución y las leyes de la República.
Artículo 160. El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar.
El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El Gobernador o Gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período.
Artículo 164. Es de la competencia exclusiva de los estados:
# La conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional.
# Todo lo que no corresponda, de conformidad con esta Constitución, a la competencia
nacional o municipal. De la Fuerza Armada Nacional
Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

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